Tarifa Social
La tarifa de interés social apunta a cuidar a los sectores más vulnerables de la provincia otorgándoles el beneficio de acceder a un servicio de energía con precios acordes, y procura evitar las conexiones clandestinas que representan un peligro para los habitantes de la vivienda y causan perjuicios sobre el sistema eléctrico.
Es un beneficio otorgado por el Estado Provincial, el cual subsidia el 100% de los primeros 400 KWH bimestrales o 200 KWH Mensuales + el 50% del Cargo Fijo de la factura de Energía. Si el usuario supera los 1000 KWH bimestrales se suspende el subsidio. El padrón de Beneficiarios estará aprobado por el Ministerio de Servicios Públicos según Decreto S.P. Nro. 1264/2013 y normas complementarias.
Jubilados y/o Pensionados que perciban una remuneración bruta menor o igual a DOS (2) SMVM.
Grupo Familiar cuyo ingreso mensual no supere en su totalidad el equivalente a DOS Salarios Mínimo, Vital y Móvil.
Personal incorporado en el Régimen Especial de Seguridad Social para empleados de Casas Particulares (Ley Nº 26.844)
Beneficiarios de Asignación Universal por hijo, Asignación por embarazo, Monotributo Social, Pensiones no contributivas y cualquier otro programa social existente.
Titulares veteranos de guerra de Malvinas
Solo podrán acceder al beneficio los titulares de suministros destinados a exclusivo uso residencial. En ninguno de los casos anteriormente listados, la totalidad de los ingresos del grupo familiar, podrá exceder el equivalente a DO Salarios Mínimo Vital y Móvil ( 2 SMVM). No podrán acceder a la tarifa de Interés social quienes posean más de un suministro a su nombre, se les haya comprobado FRAUDE al servicio de electricidad o registren deuda con la Distribuidora
- - Documento del titular y del grupo familiar
- - Recibos de sueldo o previsional
- - Certificado de convivencia
- - Constancia Negativa de ANSES
- - Constancia de Monotributo Social. De beca PROG.R.ES.AR, Asignación Universal por hijo, asignación universal por embarazo o lo que corresponda
- - Certificado que acredite la calidad de excombatiente de la guerra de Malvinas
Res SP 872-18 - Aprueba Listado de Beneficiarios Reempadronamiento 2018
Convocatoria a Empadronamiento 2019- Res SP 083-19
Res SP 172-19 - Extiende el empadronamiento hasta el 17 de Mayo de 2019
Res SP 189-19 - Extiende el empadronamiento 2019 hasta el mes de Diciembre
Convocatoria a Empadronamiento 2018- Res SP 312-18
Electrodependientes
Realizar la solicitud de inscripción en el Registro de Electrodependientes por Razones de Salud (RECS), ingresando en la página web del Ministerio de Salud de la Nación https://www.argentina.gob.ar/electrodependientes Con copia del trámite realizado ante el RECS, formalizar la inscripción ante el registro de personas electrodependientes en el ámbito de la Dirección Provincial de Asistencia Integral a Personas con Discapacidad dependiente del Ministerio de Salud de la Provincia de Catamarca, sito en calle Mota Botello N°134, de la ciudad capital. El Ministerio de Salud, notificará a EC SAPEM la nómina de electrodependientes aprobados para su encuadre tarifario como “TARIFA ELECTRODEPENDIENTE” Para la provisión de una fuente alternativa de energía el electro dependiente deberá realizar la solicitud de la misma de acuerdo a lo establecido en el Reglamento Técnico para la Provisión de una Fuente Alternativa de Energía para usuarios electrodependientes, según Resolucion ENRE Nº 079/18.
La Ley Nacional N° 27.351 define a los Electrodependientes por cuestiones de salud a aquellas personas que requieran suministro eléctrico constante y en niveles de tensión adecuados para poder alimentar el equipamiento médico prescrito por un médico matriculado y que resulte necesario para evitar riesgos en su vida o en su salud.
Completar el formulario Solicitud de Inscripción al registro de electrodependientes por cuestiones de salud, disponible en la página web del Ministerio de Salud de la Nación: https://www.argentina.gob.ar/electrodependientes
Acompañar la solicitud con la siguiente documentación:
- DNI frente y dorso del paciente
- Certificación medica con firma y sello del médico tratante
- Factura del servicio eléctrico del domicilio en el que reside el paciente electrodependiente
Si el trámite es realizado por un tercero (Madre, padre o tutor a cargo) deberá adjuntar la documentación que acredite el vínculo.
Enviar el formulario de acuerdo a las siguientes modalidades
Opción 1:Ingresar al TAD y buscar el trámite “Inscribirme en el Registro de Electrodependientes por cuestiones de salud” Completar los datos solicitados.
Opción 2:Enviar por correo postal toda la documentación solicitada a Subsecretaria de Gestión de Servicios e Institutos, en Rivadavia 875, piso 2, CP 1002, CABA.
El solicitante deberá elevar por escrito la solicitud a La Distribuidora acompañado de la documentación respaldatoria:
- Documentación técnica del equipo y/o los equipos de electromedicina que se debe alimentar con sus características y detalle de backup propio del equipo.
- Certificado del profesional médico interviniente donde conste el equipamiento indispensable para la vida o salud del paciente, el plazo en el cual puede estar desconectado de dicho equipo o en su caso la imposibilidad de dicha desconexión.
- Certificado de Aptitud Técnica de las Instalaciones eléctricas de la unidad habitacional donde deban conectarse los equipos, el cual debe ser realizado por profesionales, técnicos o instaladores electricistas con incumbencia especifica, matriculados en el colegio técnico o profesional de su jurisdicción.
Con dicha solicitud, la Distribuidora deberá definir la FAE a suministrar y comunicar al ENRE para su previa autorización. Aprobada la FAE, al momento de realizar la instalación en el domicilio del electrodependiente, La Distribuidora conjuntamente con personal del ENRE labrará un acta donde se deje constancia de las características del equipo suministrado, capacidad y autonomía, forma de uso y cuidados.
Res SP 241-18 - Derechos y Obligaciones para Electrodependientes
Ley 5518 - Decreto 1143 - Adhesion de la Provincia de Catamarca a la Ley 27351
Res ENRE 079-18 - Reglamento Tecnico para Provision de una FAE
La Ley Nacional 27351 define a los electrodependientes por cuestiones de Salud y sus beneficios